BOLETIN INFORMATIVO
Núm P031
Por medio del
presente se informan criterios que aplican en SAAI M3:
En rectificaciones, el validador de SAAI M3 identifica diferencias a
pagar y verifica que éstas se encuentren debidamente actualizadas conforme al
artículo 17-A del C.F.F. cuando sea requerido. En este caso no se debe declarar
con factor de actualización ni el identificador FI para la rectificación. Se
hace notar que si el pedimento original aplicó actualización, deberá contener
el registro 507 correspondiente, declarado factor e identificador a nivel
pedimento.
En pedimentos que deban pagar la cuota fija de D.T.A. por concepto de
operaciones en que se utilicen pedimentos parte II, se deberá declarar el
identificador PD a nivel pedimento.
Asimismo se
informa que la Administración General Jurídica emitió escrito, mediante el cual
expone lo siguiente:
Dadas las condiciones que se presentaron para la actualización de las
contribuciones pagadas en el mes de marzo del año en curso, acorde a lo
previsto por el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, en virtud de
las cuales, y conforme a los elementos que integran la mecánica de dicha
actualización, resulta un factor que de aplicarse al impuesto a cargo del
contribuyente, se obtiene una cantidad negativa, lo cuál significaría restar al
monto histórico del impuesto a cargo del contribuyente, la cantidad obtenida.
Me permito informarle que una vez concensado con la Unidad General de
Legislación Tributaria, se incluyó que en aquellos supuestos en los que se
determine un factor inferior a 1.0, se deberá aplicar ésta unidad, con lo cual
las cantidades a pagar por el contribuyente no serán actualizadas en el periodo
correspondiente.