Servicio de Administración Tributaria 

BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm P031

mayo 03 de 2001

                                                                                                   

 

Por medio del presente se informan criterios que aplican en SAAI M3:

 

En rectificaciones, el validador de SAAI M3 identifica diferencias a pagar y verifica que éstas se encuentren debidamente actualizadas conforme al artículo 17-A del C.F.F. cuando sea requerido. En este caso no se debe declarar con factor de actualización ni el identificador FI para la rectificación. Se hace notar que si el pedimento original aplicó actualización, deberá contener el registro 507 correspondiente, declarado factor e identificador a nivel pedimento.

 

En pedimentos que deban pagar la cuota fija de D.T.A. por concepto de operaciones en que se utilicen pedimentos parte II, se deberá declarar el identificador “PD” a nivel pedimento.

 

Asimismo se informa que la Administración General Jurídica emitió escrito, mediante el cual expone lo siguiente:

 

“Dadas las condiciones que se presentaron para la actualización de las contribuciones pagadas en el mes de marzo del año en curso, acorde a lo previsto por el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, en virtud de las cuales, y conforme a los elementos que integran la mecánica de dicha actualización, resulta un factor que de aplicarse al impuesto a cargo del contribuyente, se obtiene una cantidad negativa, lo cuál significaría restar al monto histórico del impuesto a cargo del contribuyente, la cantidad obtenida.”

 

“Me permito informarle que una vez concensado con la Unidad General de Legislación Tributaria, se incluyó que en aquellos supuestos en los que se determine un factor inferior a 1.0, se deberá aplicar ésta unidad, con lo cual las cantidades a pagar por el contribuyente no serán actualizadas en el periodo correspondiente.”

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro