BOLETIN INFORMATIVO
Núm P180
Declaración de Contenedores
En
referencia al Boletín Número P157, emitido el pasado 22 de septiembre del año
en curso, en el cual se informa que por ningún motivo se debe autorizar la
salida de un embarque en contenedor si los datos del mismo no están declarados
en el SAAI, lo cual se comprueba en la pestaña denominada contenedores de la
consulta remota de pedimentos, me permito aclarar lo siguiente:
En el
caso de pedimentos en tránsito la consulta del número de contenedor no está
implementada; sin embargo, se está ya trabajando en ello; por lo que en caso de
tránsitos la verificación de número de contenedor en sistema queda exenta de
manera temporal.
Sin más por el momento,
reciban un cordial saludo.