BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm. P182

Octubre 31 de 2003

 

CERTIFICADO DE CUPO

 

En alcance al boletín No. P153 del 8 de Septiembre del presente, en el cuál se informa la correcta declaración  en el pedimento, del Certificado de Cupo que emite la Secretaría de Economía, se aclara lo siguiente:

 

Para Cupos TL, OMC y Unilaterales, se deberá declarar el Número de Formato, sin guiones:

 

 

Para Cupos ALADI, se deberá declarar completo el número de cerificado:

 

 

 

Para Cupos FRONTERA, se deberá declarar el número de cerificado, sin ceros a la izquierda:

 

 

Sin más por el momento reciba un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro