BOLETIN INFORMATIVO

 

 

Núm. P060

Julio 20, de 2007

 

Modificación al Apéndice 8 del Anexo 22

 

Con el presente se envía oficio No. 326-SAT-I-34404 del 18 de julio del año en curso, emitido por la Administración Central de Normatividad de la Administración General de Aduanas, mediante el cual solicita a la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica, modificar el Apéndice 8 del Anexo 22 de las RCGMCE para 2007, a efecto de eliminar el complemento 2 del identificador “TL”, quedando dicha modificación de la manera siguiente:

 

ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA

DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2007

 

APENDICE 8

IDENTIFICADORES

 

CVE

DESCRIPCION

NIVEL**

COMPLEMENTO

…..

……………

……

……………………..………………………………………

TL

………………

 

……

Complemento 1

País Parte del Tratado celebrado con México, de conformidad con el Apéndice 4.

Complemento 2

Fecha de expedición del Certificado o la Declaración en factura con formato ddmmaaaa.

 

Por lo anterior, se hace de su conocimiento que el Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI), ya contiene la modificación en comento por lo que a partir del día de hoy, no será necesario declarar el complemento 2 en el pedimento, en tanto se publica en la próxima Resolución de modificaciones a las RCGMCE.

 

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

COORDINACIÓN DE SOLUCIONES DE NEGOCIO PARA ADUANAS
Ing. Dalynn Michelle Somuano Spears