
BOLETIN INFORMATIVO
Núm. P077
Adición artículo referente a la regla 2.4.13, en la Cuarta Resolución de modificaciones a las RCGMCE 2007
Por medio del presente se informa que por medio del oficio 326-SAT-I-47932, de fecha 06 de septiembre de 2007, la Administración de Normatividad de la Administración Central de Operación Aduanera, solicitó a la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal, dependiente de la Administración General Jurídica, se adicionara en la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007 (RCGMCE), el siguiente artículo referente a la regla 2.4.13:
Los agentes de carga internacional no estarán obligados a proporcionar la información relativa a las mercancías de transporte consignadas en el manifiesto de carga mediante la transmisión electrónica de datos al SAAI, conforme a lo establecido en el segundo y tercer párrafos de dicha regla.
Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos conducentes, agradeciendo de antemano que el presente se haga extensivo al personal correspondiente.
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.